¿Sabes qué es un delito de odio?
Según Amnistía Internacional, una orientación sexual o identidad de género diferente de la considerada normal puede tener consecuencias fatales en muchos lugares del planeta.
Se reconoce un término acuñado a nivel internacional, delitos de odio, identificado en otros países con el término "Hate Crime", para el que las instituciones europeas reclaman atención, medidas y legislación actualizada.
Hace referencia al delito motivado por intolerancia, es decir, por prejuicio o animadversión en atención a la condición de la víctima.
Concepto de discriminación
La discriminación hace referencia a aquella conducta, acción u omisión, por la que una persona es tratada de manera menos favorable de lo que sea, haya sido o vaya a ser tratada otra en situación comparable y cuando una disposición, criterio o práctica aparentemente neutra sitúe a personas en desventaja particular con respecto a otras personas, salvo que dicha disposición, criterio o práctica pueda justificarse objetivamente con una finalidad legítima y salvo que los medios para la consecución de esta finalidad sean adecuados y necesarios.
Siguiendo las definiciones aportadas por la ley 4/2023, veamos diferentes definiciones:
Discriminación directa
Situación en que se encuentra una persona o grupo en que se integra que sea, haya sido o pudiera ser tratada de manera menos favorable que otras en situación análoga o comparable por razón de orientación sexual e identidad sexual, expresión de género o características sexuales.
Se considerará discriminación directa la denegación de ajustes razonables a las personas con discapacidad. A tal efecto, se entiende por ajustes razonables las modificaciones y adaptaciones necesarias y adecuadas del ambiente físico, social y actitudinal que no impongan una carga desproporcionada o indebida, cuando se requieran en un caso particular de manera eficaz y práctica, para facilitar la accesibilidad y la participación y garantizar a las personas con discapacidad el goce o ejercicio, en igualdad de condiciones con las demás, de todos los derechos.
Discriminación indirecta
Se produce cuando una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros ocasiona o puede ocasionar a una o varias personas una desventaja particular con respecto a otras por razón de orientación sexual, e identidad sexual, expresión de género o características sexuales.
Discriminación múltiple e interseccional
Se produce discriminación múltiple cuando una persona es discriminada, de manera simultánea o consecutiva, por dos o más causas de las previstas en esta ley, y/o por otra causa o causas de discriminación previstas en la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación.
Se produce discriminación interseccional cuando concurren o interactúan diversas causas comprendidas en el apartado anterior, generando una forma específica de discriminación.
Acoso discriminatorio
Discriminación por asociación y discriminación por error
La discriminación por error es aquella que se funda en una apreciación incorrecta acerca de las características de la persona o personas discriminadas.
La LGTBIfobia
Según la ley 4/2023, la LGTBIfobia es toda actitud, conducta o discurso de rechazo, repudio, prejuicio, discriminación o intolerancia hacia las personas LGTBI por el hecho de serlo, o ser percibidas como tales.
Este término incluye también estas actitudes discriminatorias hacia sus familiares o hacia personas por defender su lucha.
Además, esta misma ley diferencia varias modalidades:
Homofobia
Bifobia
Transfobia