Entendemos por conflicto de intereses cuando una situación amenazante trata de interferir en la toma de decisiones para beneficio propio o de terceros. La situación es tan delicada, que conviene no dar tiempo a la reparación, sino anticiparse: exponer cualquier circunstancia personal o profesional que puede afectar a coyunturas futuribles o inmediatas. Por ejemplo:

  • Utilizar la reputación de la entidad para lanzar una carrera personal o profesional o política.
  • Obstaculizar iniciativas que puedan perjudicar intereses propios.
  • Difundir información privilegiada.
  • Recibir comisiones o regalos comprometiendo la transparencia, así como la contratación de servicios profesionales por el único mérito de avalarlos personalmente.
  • Incurrir en gastos innecesarios

Conflicto de intereses

Situaciones que exigen un buen juicio para ser resueltas con dignidad, sin ceder a los posibles intereses ajenos de tipo económico o personal.

En esta interposición de intereses, de los que conviene dejar constancia por escrito (consultas, denuncias, actas…), pueden estar motivados por distintos interlocutores además de unos mismo: pareja (actual y anteriores), ascendientes, descendientes o hermanos, compromisos profesionales, por información privilegiada, etc. Circunstancias todas ellas que recomiendan una actitud neutral, e incluso abstenerse de asistir a la toma de decisiones.

"Esta búsqueda del interés general podría materializarse para los empleados públicos en cumplir las órdenes de los responsables políticos e implementar, siguiendo las rutinas y procedimientos, las normas definidas por los órganos competentes, pero, en ocasiones, no se puede quedar ahí por diversas razones. A veces porque los responsables políticos delegan en ellos decisiones de alta discrecionalidad y generan una inversión de papeles; otras veces porque sus informes y resoluciones tienen la posibilidad de influir seriamente la decisión política; también, porque las decisiones superiores podrían estar influidas por intereses personales o partidistas que les alejaran del respeto al bien común; finalmente, y sin ánimo exhaustivo, porque podrían recibir órdenes ilegales u observar decisiones claramente erróneas técnica o moralmente. En todos estos supuestos ni las rutinas, ni la obediencia bastan para cumplir con su misión éticamente y, por ello, los empleados necesitan una capacidad de razonamiento moral, conocer las normas de conducta frente a situaciones de riesgo y unas virtudes que les ayuden en definir su correcta actuación." (Manuel Villoria Mendieta Ética en las administraciones públicas: de los principios al marco institucional; Revista Vasca de Gestión de Personas y Organizaciones Públicas, Núm. 9, pg. 12; Año 2015)

  • Podemos encontrarnos con un conflicto de intereses, si a la empresa privada (orientada a la rentabilidad) se le encomendase funciones de control: por tanto, dispensar cometidos relacionado con el transporte, pero no con la vigilancia de carreteras, por ejemplo.
  • Polémica con las `puertas giratorias
    "La facilidad con que se entra y sale de la actividad política sin pérdida de la condición de funcionario. La Ley reguladora del ejercicio del Alto Cargo de la Administración General del Estado (..) no la aporta el nivel de independencia necesario para realizar adecuadamente su trabajo." (Villoria, 2016, 2020; pg. 425)

Es verdad que el conflicto de intereses resulta tentador dada la abundancia de picaresca nacional que parece que asumimos en nuestro entorno cultural: un hecho que hasta el Quijote se hace eco cuando pone el grito en el cielo exclamando que "los oficios y grandes cargos no son otra cosa sino un golfo profundo de confusiones" (El Quijote, capítulo XLII 2ª parte).

 

Esta píldora formativa está extraída del Curso online de Cómo elaborar un código de buen gobierno en las organizaciones .

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