La Carpeta ciudadana
Hablamos del conjunto estructurado de información y documentos en formato electrónico relativo a las relaciones administrativas de cada persona interesada generada en sus relaciones administrativas ordinarias con el sector público autonómico de Galicia.
Forma parte de la Carpeta ciudadana de la Xunta de Galicia la información de contacto de circunstancias personales y otra información o documentación aportada voluntariamente por la ciudadanía en su relación con el sector público autonómico. Además, debemos tener presente que es única para el conjunto de órganos y entidades del sector público autonómico de Galicia.
Finalidad
- Acercar de forma personalizada la administración a la ciudadanía, facilitándole el acceso al estado de tramitación de sus expedientes administrativos, simplificando las relaciones administrativas y promoviendo la prestación de servicios personalizados.
- Facilitar el acceso por parte de las personas a la información, tanto de carácter personal como de carácter administrativo, que con respecto a ellas esté disponible en el sector público autonómico, de forma ordenada y sencilla.
- Disponer de información actualizada y de calidad y de contacto con la ciudadanía para utilizarla de forma preferente en las relaciones con ella, siempre que no se indiquen otros medios específicos para un determinado procedimiento o servicio, y recoger informaciones de otras circunstancias personales facilitadas por las personas.
- La elaboración de actividades estadísticas orientadas a satisfacer las necesidades de las personas usuarias, la evaluación de las políticas públicas y la toma de decisiones, con sujeción a las exigencias derivadas de la normativa en materia de protección de datos.
- Garantizar que las personas faciliten la información una sola vez.
Contenido
- Los datos personales aportados por las personas. En particular, los datos de identidad, correo electrónico y dirección preferente a efectos de notificación que quieran utilizar en la tramitación de los procedimientos, si no especifican otros datos distintos para un procedimiento concreto.
- Los expedientes tramitados en los que se tenga la condición de persona interesada, incluyendo los documentos, las informaciones relacionadas y el estado de tramitación.
- Los apoderamientos inscritos en el Registro Electrónico General de Apoderamientos de Galicia.
- Las notificaciones de las resoluciones y actos administrativos.
- Información que permita el acceso a la información de ámbito especializado, siempre que se dé cumplimiento a los requisitos de acceso necesarios según el ámbito del que se trate.
- Cualquier otra información o documentación.
Acceso
- Por parte de las personas interesadas se realizará con las garantías de seguridad necesarias, previa identificación electrónica por cualquiera de los sistemas de identificación admitidos por la sede electrónica y que deberá permitir:
- El acceso al contenido de su carpeta, así como obtener copia de los datos y documentos que en la misma se contengan.
- Prestar su consentimiento y retirarlo para el tratamiento de sus datos personales con el objeto de prestar servicios proactivos personalizados, así como manifestar su voluntad de no recibir información sobre la prestación de servicios proactivos.
- Por parte del personal del sector público autonómico estará sujeto al régimen previsto en la normativa de protección de datos de carácter personal.
Responsabilidad
- Los distintos órganos de la Administración general y de las entidades instrumentales del sector público autonómico de Galicia garantizarán la permanente actualización y veracidad de la información y contenidos de la Carpeta ciudadana dentro de sus ámbitos competenciales.
- La entidad del sector público autonómico con competencias en desarrollo digital será la encargada de la gestión tecnológica de los sistemas de soporte de la Carpeta ciudadana. Dicha entidad adoptará las medidas necesarias para que las condiciones de identificación, accesibilidad, continuidad, integridad y seguridad respondan a las exigencias normativas vigentes.
- La persona interesada será responsable de la veracidad de la información que aporte.
Servicios proactivos personalizados
- A partir de la información disponible en la Carpeta ciudadana sobre las personas interesadas, la Administración general y las entidades instrumentales del sector público autonómico podrán ofrecer, de forma proactiva, servicios personalizados en el ejercicio de sus funciones y competencias, relativos a sus preferencias personales y a sus intereses, siempre que se apliquen las medidas adecuadas para la protección de los derechos, libertades e intereses legítimos de las personas destinatarias.
- Para el tratamiento de los datos personales necesarios para la prestación de estos servicios será necesario que la persona interesada preste su consentimiento, en los términos y con el suministro de información establecido por la normativa en materia de protección de datos.
El solo consentimiento de la persona afectada no basta para levantar la prohibición del tratamiento de datos cuya finalidad principal fuera identificar su ideología, afiliación sindical, religión, orientación sexual, creencias u origen racial o étnico.
- Las personas interesadas podrán decidir y comunicar (en cualquier momento y a través de la carpeta ciudadana) su voluntad para que el sector público autonómico les preste, o deje de prestar, servicios proactivos personalizados.