En las relaciones entre la ciudadanía y la Administración pública, la normativa contempla un sistema de recursos administrativos para intentar resolver las discrepancias que pudieran surgir sin tener que acudir a los Tribunales. Es la llamada vía administrativa, que se materializa en los recursos de alzada, reposición, etc. y que se encuentra regulada en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas.
Una vez agotada esta vía, la ciudadanía puede seguir defendiendo sus derechos e intereses legítimos en la vía judicial acudiendo a la jurisdicción contencioso-administrativa, regulada en la Ley 29/1998 y objetivo de este curso.
Los tribunales administrativos son pieza clave del Estado de derecho, pues su misión principal es someter la actividad de la Administración Pública al control judicial, garantizando así los derechos e intereses de la ciudadanía frente a la posible extralimitación o inactividad de la Administración.
A través del presente curso, el alumnado conocerá qué actuaciones de la Administración son recurribles en vía judicial, quién puede iniciar el proceso y cómo se desarrolla el mismo, a través de una visión práctica de los procedimientos contenciosos.
Conocer qué actuaciones de la Administración son recurribles en vía judicial, distinguir quién puede iniciar el proceso y adquirir una visión práctica de los procedimientos judiciales contenciosos.
Es recomendable tener una base inicial en materia de organización y funcionamiento de una Administración Pública en general, pero no se necesitan conocimientos previos.
Este curso cumple con los requisitos establecidos por FUNDAE para la bonificación de Formación Programada.
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