El art. 1.3 de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante LCSP), establece obligación de incorporar, en toda contratación pública, criterios sociales y transversales, que generan una mejor relación calidad-precio en la relación contractual así como una mayor eficacia en la gestión de los fondos públicos. Señala que es una obligación de los poderes adjudicadores facilitar el acceso de las PYMES a la contratación pública.
La contratación pública estratégica es la gran novedad del vigente Derecho español y de la UE sobre contratos públicos, propone que las Administraciones públicas utilicen la contratación pública en apoyo de objetivos sociales comunes como la protección del medioambiente, mayor eficiencia energética, la lucha contra el cambio climático, la promoción de la innovación y la investigación, empleo e integración social. Este uso estratégico de la contratación pública plantea también como uno de sus objetivos facilitar el acceso a la contratación pública de las PYMES.
La exposición de motivos de la LCSP resalta cómo la norma “trata de conseguir que se utilice la contratación pública como instrumento para implementar las políticas tanto europeas como nacionales en materia social, medioambiental, de innovación y desarrollo y promoción de las PYMES, y todo ello, garantizando la eficiencia en el gasto público y respetando los principios de igualdad de trato, no discriminación, transparencia, proporcionalidad e integridad.”
A todos los grupos, cuerpos y escalas de cualquiera de las Administraciones públicas y de sus organismos vinculados o dependientes, así como cualquier persona interesada en conocer este ámbito de la contratación pública, ya sea del sector privado o del sector público. De especial interés también para opositores.
Uno de los objetivos de la Estrategia Nacional de Contratación Pública es promover la participación de las PYMES en la contratación pública (art. 334.2.f LCSP), y por ello, todos los poderes adjudicadores deben articular una estrategia para facilitar el acceso de estas empresas a las compras del sector público.
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