Modelo oficial de declaración responsable para Centros

16 de Mayo de 2016

Entre las novedades introducidas por la ley de reforma del sistema de formación profesional (ley 30/2015, de 9 de septiembre) se encontraba la obligatoriedad de la inscripción de las entidades de formación para impartir formación distinta de las especialidades formativas previstas en el Catálogo de Especialidades. Para ello, se establecía la necesidad de presentar una declaración responsable ante los organismos públicos, pero sin establecer un modelo ni un procedimiento para el cumplimiento de este trámite.

Es ahora mediante la publicación de la Orden ESS/723/2016, de 9 de mayo cuando se establece el modelo de declaración responsable.

¿Quién tiene obligación de presentarla?

Todas aquellas entidades que deseen impartir formación profesional para el empleo distinta de las especialidades previstas en el Catálogo Nacional de Especialidades. 

Es de aplicación siempre y cuando la gestión de la formación se haya encomendado a una entidad externa. Si la entidad de formación es contratada por una empresa que se gestiona su propia formación sin la figura de la entidad externa, no es necesario la presentación de esta declaración.

¿Ante quién hay que presentarla?

Para la modalidad presencial la Administración competente será la Comunidad Autónoma en la que radiquen las instalaciones del centro. En caso de que el centro cuente con instalaciones permanentes en más de una Comunidad Autónoma, habrá que presentarla ante el SEPE.

En caso de modalidad e-learning o mixta se presentará ante la Comunidad Autónoma en la que se desarrollen las pruebas presenciales, o ante el SEPE si están ubicados en más de una.

¿Qué procedimiento hay que seguir?

En caso de que la declaración haya de presentarse ante el SEPE, se realizará por medios telemáticos a través de una aplicación que se prevé estará habilitada para el 15 de junio de 2016 y accesible en la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo y en la sede electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal. Hasta esa fecha se podrá seguir presentando la declaración responsable presencialmente siempre y cuando se utilice el modelo oficial.

Si la presentación debe realizarse ante una Comunidad Autónoma se atenderá al procedimiento que regule por esta.

En cualquier caso, el modelo a utilizar es el contemplado en la propia norma.

¿Qué ocurre con las declaraciones responsables presentadas antes de que hubiera un modelo oficial?

En estos casos los centros deben presentar una nueva declaración ante el SEPE a través de la aplicación habilitada a tal efecto haciendo constar la fecha y administración en la que se presentó la declaración inicial. A estos efectos, el plazo habilitado es de 3 meses; esto es, hasta el 15 de agosto de 2016. Si en este periodo no se realiza este trámite de homologación, la declaración responsable presentada solamente tendrá efectos desde la fecha de su presentación real.