28 de Marzo de 2022
Kit Digital: ayudas para la digitalización de tu negocio
Autoría: ADR Formación
¿Qué es el Kit Digital?
El 25 de noviembre de 2021 el Gobierno lanzó el Kit Digital, un programa de subvenciones del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital dotado de una cuantía de más de 3.000 millones de euros para destinar a la digitalización de autónomos, pequeñas y medianas empresas a través de la obtención de bonos de digitalización que podrán utilizarse para contratar soluciones digitales.
¿A quién va dirigido el Kit Digital?
La primera convocatoria, provista de 500 millones de euros de presupuesto, fue lanzada el pasado 15 de marzo y está dirigida a empresas con una plantilla media durante 2021 de entre 10 – 49 trabajadores, que pueden solicitar ayudas de hasta 12.000 euros. Estas ayudas se conceden por orden de solicitud.
Hasta 2023 se abrirán otras convocatorias más de ayudas del Kit Digital, segmentadas por el tamaño de empresas. Las próximas beneficiarias serán aquellas empresas con una plantilla media de entre 3 y menos de 10 trabajadores, y aquellas con menos de 3 trabajadores.
- Empresas de 1 – 2 trabajadores: bonos de 2.000€
- Empresas de 3 – 9 trabajadores: bonos de 6.000€
- Empresas de 10 – 49 trabajadores: bonos de 12.000€
Visita las bases de la convocatoria de la ayuda Kit Digital para informarte sobre las condiciones establecidas para acceder al bono de digitalización.
¿Qué pasos seguir para solicitar el Kit Digital?
Para solicitar el bono digital, las empresas deben realizar los siguientes pasos:
- Registrarse en Acelera Pyme y completar el test de diagnóstico digital para conocer su nivel de digitalización.
- Consultar las 10 categorías de soluciones digitales entre las que podrá distribuir la ayuda recibida.
- Solicitar el bono Kit Digital, accediendo al trámite y completando todos los pasos del formulario.
- Por último, si se concede el Kit Digital, las empresas beneficiarias recibirán un bono de digitalización que detallará la cuantía económica que pueden destinar a la contratación de las soluciones digitales.
Posteriormente, al emitir la factura por la prestación de la solución digital elegida, el proveedor debe deducir de la misma el importe del bono de digitalización concedido. En este sentido, la empresa beneficiaria sólo pagará la diferencia, si la hay, entre el importe del servicio prestado y el bono concedido. Por su parte, el proveedor debe justificar el servicio y esperar al pago de la ayuda en nombre de la empresa beneficiaria.
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